La Ley 27.363 recientemente publicada en el Boletín Oficial introduce modificaciones en el Código Civil y Comercial con el agregado del art. 700 bis y la modificación del art. 702. ¿QUÉ SE AGREGA? Las causales de privaciòn de responsabilidad parental estaban enumeradas en el articulo 700 que decia lo siguiente: "Cualquiera de los progenitores queda privado de la responsabilidad parental por: a) ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice de un delito doloso contra la persona o los bienes del hijo de que se trata; b) abandono del hijo, dejándolo en un total estado de desprotección, aun cuando quede bajo el cuidado del otro progenitor o la guarda de un tercero; c) poner en peligro la seguridad, la salud física o psíquica del hijo; d) haberse declarado el estado de adoptabilidad del hijo. En los supuestos previstos en los incisos a), b) y c) la privación tiene efectos a partir de la sentencia que declare la ...