Ir al contenido principal

Democracia y delegación de Poder (Por Ezequiel Espina)

Si bien se desprende de su misma definición, cuando hablamos de DEMOCRACIA,  hacemos alusión al "gobierno del pueblo", pero agotar allí el análisis de la etimología obviando la esfera que podríamos llamar "ontológica" sería un error a mi criterio. Un sin fin de discusiones sobre el modo de ejercer dicho poder, pero quisiera ahora contraponer dos: Democracia Delegativa vs Democracia Representativa.
A continuación esbozare un breve pero no menos abarcativo análisis sobre la primera de ellas.
El Articulo 22 de nuestra Constitución Nacional comienza diciendo:

“El pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta constitución (…)”[1].
Con esto,  la Carta Magna establece la representatividad como uno de los caracteres de la forma de gobierno (ya expuesto también en el artículo primero), lo cual produce el fenómeno que en boca de Bernand Manin sería: 
“Los gobernantes no son solamente individuos distintos que ocupan una posición diferente de la de los gobernados, sino que conservan en sus decisiones cierta independencia frente a la voluntad de los gobernados”[2].
Para comenzar nuestro análisis de la Democracia Delegativa empezaremos por definirla. Según Macpherson entre las principales estipulaciones del modelo que él denomina “Democracia como equilibrio” podemos citar lo siguiente:

“La democracia no es más que un mecanismo para elegir y autorizar gobiernos (…) el papel de los votantes no es el de decidir cuestiones políticas, y después elegir representantes que pongan en práctica ese decisiones; es más bien, el de elegir a los hombre que adoptaran las decisiones”.[3]
Podríamos entonces definir este modelo de Democracia como aquel en el cual el  pueblo delega sus facultades políticas en sus representantes, para que estos tomen las riendas de las decisiones pertinentes en la cosa pública.
Cabe analizar ahora la naturaleza de este modelo. Como tal, se encuadra dentro de los regímenes democráticos en la gran mayoría de los autores, empero, otros lo ubican dentro del régimen republicano; lo cierto es que quienes lo ubican en el primer grupo hacen la salvedad de que esta es la única forma de Democracia posible en los estados modernos, contraponiéndolo a la Democracia directa, tal como lo especifica Bobbio en relación a la argumentación de Madison: 
“Por Republica entiende el gobierno representativo, precisamente la forma de gobierno que hoy nosotros, convencidos de que en los grandes Estados no sea posible otra democracia más que la Representativa, si bien algunos casos corregida e integrada por institutos de la democracia directa(…) De aquí surge la firme opinión de que existe un vinculo necesario entre Estado representativo (o Republica) y las dimensiones del territorio, y que por lo tanto la única forma de gobierno no autocrática posible en un gran Estado, sea el gobierno representativo, que es una forma de gobierno democrático corregido, moderado o limitado, y en cuanto tal hecho, compatible con un territorio muy vasto y con una población muy numerosa”.[4]
Lo que vale resaltar de esta cita es el carácter necesario de la delegación del poder político debido a la cantidad de personas que habitan los vastos territorios de los Estados modernos, y que como tal se configura como el único régimen posible dentro del paradigma occidental que eleva la democracia como el sistema de gobierno más apto para nuestra época.
Otro punto a analizar, y no de menor relevancia que los anteriores, se funda en la influencia de la corriente de pensamiento liberal. Este al separar las esferas de la política y de la vida privada, ubica al individuo por sobre el Estado, siendo este último el encardado de salvaguardar las libertades individuales del hombre. Como tal, las personas inmersas en sus asuntos personales, ven con buenos ojos este modelo, en donde delegando el poder de decisión a un tercero se ve desligado de un ámbito, permitiéndose abocar con más profundidad a otro (delega el político y se ocupa de su esfera privada). Este modelo parecería ser óptimo para las aspiraciones de una sociedad de dichas características, de aquí que el único instrumento que parecería poseer los ciudadanos es la posibilidad de voto de sus representantes. Agrega Constant: 
“Pero los hombres ricos, que nombran a sus apoderados, si no son insensatos, examinan con atención y severidad si éstos hacen su deber y si son negligentes, corruptibles o capaces; y para juzgar de la gestión de estos mandatarios, los comitentes que tienen prudencia examinan interiormente os negocios cuya administración han confiado. Del mismo modo, los pueblos que con el objeto de gozar la liberad que les conviene recurren al sistema representativo, deben ejercer una vigilancia activa y constante sobre sus representantes para ver si cumplen exactamente con su encargo y si defraudan a sus votos y deseos.”[5] 
Evidencia esto que ni los liberales más conservadores dejarían de lado la esfera política, por ende, si bien el sistema delegativo produce una discriminación entre gobernados y gobernantes, en donde estos últimos tienen un poder de decisión independiente de la voluntad de los primeros, los gobernados poseen dos mecanismos o herramientas para el control de los gobernantes. El primero de ellos es el voto. Rememoremos que siendo la forma de legitimidad de ocupación de cargos el sufragio, los votantes deben elegir entre una serie de propuestas  existentes por parte de los candidatos, relación análoga a la relación de  mercado, lo que nos trae a la mente las ideas de Schumpeter cuando define el método democrático como: 
“es el mecanismo institucional para alcanzar decisiones políticas en las cuales unos individuos adquieren el poder de decidir por medio de una lucha competitiva por el voto del pueblo”[6]
El otro recurso presente, como Manin lo nombra, es la facultad de despido, presente en algunos países como derecho de revocación de mandato, aunque inexistente en el nuestro, ya que no se presentan demandas imperativas que los detentadores del poder deban efectuar antes de finalizar sus mandatos. Aún así, el pueblo puede manifestarse ante las medidas adoptadas por los gobernantes, ejerciendo una presión que haga redireccionar las maniobra de estos (en vistas a que una política que deje descontento a los gobernados puede poner en riego una futura reelección) o bien configurar una realidad de ingobernabilidad tal como se dio en la crisis del 2001 cuando el pueblo se manifestó en las calles, desembocando así en la renuncia del presidente de turno Fernando De la Rúa.
Analicemos a partir de lo expuesto las implicaciones de la relación del gobierno dividido en lo referente a la Democracia delegativa. Como tal, realiza tanto para mandatario del poder Ejecutivo como para las bancas del Legislativo sufragios obligatorios, por ende la legitimidad de la ocupación de cargos está dada por el voto. Siendo de esta forma, la articulación de tareas de ambos cargos depende de cómo confluya su relación. En principio el pueblo delega su poder de decisión en sus representantes, siendo así se supone lógicamente que conoce de antemano ciertas maniobras políticas y concepciones o planes de sus elegidos, de esta manera, un ciudadano que vota a la misma lista tanto en Ejecutivo como Legislativo supone una vía rápida de acción en las tareas conjunta de ambos poderes; mientras que quien elige dos listas distintas busca mayor control sobre las decisiones del Ejecutivo por parte del Legislativo y una mayor deliberación sobre las acciones de gobierno.

Reflexionemos en que esto no representa una discusión meramente abstracta, sino que repercute en lo que respecta a la legitimidad de las decisiones políticas, control ciudadano, discrecionalidad en las medidas, etc.
Luego de esta resumida presentación del fenómeno de decisión política, cabe preguntarse como afronta el lector la cuestión aludida, si es que vota para que se haga su voluntad en las decisiones de la cosa pública, o bien vota para delegar, en una suerte de "mandato" para que otros tomen las decisiones, dejando una amplia franja de discrecionalidad para que estos actúen.







[1] Sabsay, D y Onaindia, JM (2009):“La constitución de los Argentinos”;Editorial Errepar; pág. 75
[2] Manin, B; “La democracia de los modernos. Los principios del gobierno representativo, pág 6
[3] Macpherson, CB(1977) “La democracia liberal y su época”. Editorial Alianza, pág 96
[4]  Bobbio, N (1985): “Estado, Gobierno y Sociedad”, Editorial Fondo de Cultura Económica, pág 211
[5] Constant, B: “Del Espiritu de conquista”, Editorial Tecnos, pág 89
[6] Schumpeter, j en Macpherson, C.B (1977) “La democracia liberal y su época”. Editorial Alianza, pág 96

Comentarios

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

DELITO DE PORTACIÓN DE ROSTRO (Por Ezequiel Espina)

" Portación de rostro " o también conocido como " detención por averiguación de antecedentes " son las formas en que conocemos una vieja y conocida costumbre de los agentes policiales en la vía pública. Realicemos entonces un repaso sobre los aspectos jurídicos que engloban esta delicada y controvertida cuestión.  ¿ALGUNA NORMA PERMITE LA AVERIGUACIÓN DE IDENTIDAD EN LA VÍA PÚBLICA? La respuesta es un rotundo NO . Nadie está obligado a revelar su documentación frente al pedido de un agente policial sin fundamento. Permitir este accionar significaría legitimar un obrar autoritario y arbitrario del Estado sobre los derechos de libre circulación de los individuos y un atropello sobre su intimidad.  La realidad es que sin mediar   orden judicial, requerimiento de paradero o de búsqueda por algún delito que se esté investigando no existen fundamentos válidos para demorar a un ciudadano.  ¿POR QUÉ SE LEGITIMÓ ESTA PRÁCTICA INCONSTITUCIONAL? La realidad demu

Pedagogía: las dos caras de un mismo sistema (Por Ezequiel Espina)

Cuando pensamos en el orden educativo institucional sabemos que hay algo claro e indiscutible, su obligatoriedad. Este carácter ha producido una "naturalidad” o paso obligado de todo sujeto para su posterior inclusión en la sociedad. Ahora, cabe preguntarnos si el sistema educativo nos prepara para desenvolvernos en el estado de cosas actual o prepara sujetos para “un mejor porvenir” . Vamos a distinguir entonces dos teorías, por un lado el optimismo pedagógico , y por otro lado el pesimismo pedagógico . Quienes adhieren a la primera profesan que la educación, y por ende las instituciones educativas, son una herramienta de cambio social. Desde esta perspectiva, las condiciones objetivas externas del sujeto, no representan un impedimento para el ascenso social del mismo y una modificación de su condición, lo cual llevado a un nivel macro, representa un cambio significativo en el entramado social y se afirma como herramienta de transformación. Esta concepción arraigada desde la