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IMPUESTO A LAS GANANCIAS: CLAVES PARA ENTENDER EL PROYECTO DE MODIFICACIÓN... (por Ezequiel Espina)

Polémica y discutida resulto ser la sesión en donde prevaleció el proyecto de modificación de Impuesto a las Ganancias en la Cámara de Diputados, pero frente a tal controversia política es pertinente que hagamos un repaso por los principales aspectos para poder emitir un juicio de valor sobre la posible modificación de este impuesto.

¿CUÁL SERÍA EL MÍNIMO NO IMPONIBLE? 
El proyecto busca elevar el  mínimo no imponible para un contribuyente casado con dos hijos a $ 44.000 brutos, y a $ 33.500 para solteros. De esta forma, se estarían contemplando "netos" de alrededor de $ 37.000 y $ 28.000, respectivamente.

¿QUÉ ESTÁ EXENTO DEL PAGO DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS?
El proyecto de ley marca que tanto el aguinaldo como las horas extras y los bonos por productividad no pagarán Ganancias.

¿QUÉ OCURRE CON LAS JUBILACIONES?
Según trascendió, serían eximidos de pagar Ganancias aquellos jubilados que cobren menos de 60 mil pesos mensuales.

¿SE AMPLÍAN LAS DEDUCCIONES? 
La respuesta es afirmativa, ya que se prevé deducir el costo del alquiler hasta $ 66.000 por año y se aumenta el monto deducible para los créditos hipotecarios. En tanto, las deducciones por zona desfavorable suben un 45%. Además, los gastos de educación cuando no hay vacante u oferta pública podrán ser deducidos del impuesto.

¿CÓMO SE COMPENSARÁ EL DÉFICIT?
Para contrarrestar los efectos del déficit que implicaría el otorgamiento de estos beneficios a los trabajadores el proyecto prevé las siguientes medidas:
  • se cobrará un impuesto a los inmuebles improductivos. 
  • Impuesto extraordinario a las ganancias por dólar futuro.
  • Pago del gravamen para los nuevos magistrados que sean nombrados en el cargo a partir del primero de enero de 2017 (los empleados del sector no pagarán el impuesto).
  • Gravamen a los plazos fijos y las Lebac que superen el millón y medio de pesos y aquellas ganancias de capital e interés para otros activos financieros cuando la ganancia supere los $300 mil (las acciones no estarán incluidas, pero sí la compra y venta de monedas extranjeras).
  • Impuesto al juego: las apuestas online pagarán un 7,5 por ciento de impuestos, mientras que las máquinas un 10 por ciento.
  • Las mineras volverán a pagar retenciones por su actividad.
¿POR QUÉ EL EJECUTIVO RECHAZA LA MEDIDA?
La media sanción del proyecto generó malestar en el Presidente Mauricio Macri quien alegó por un lado que las consecuencias de esta reforma pueden traer consecuencias negativas en cuanto a que las medidas de compensación del déficit representan un desaliento a los inversores, por lo que el ingreso de recursos a las arcas del Estado podrían verse reducidas dramáticamente.

¿QUÉ PARÁMETROS DEBEMOS EVALUAR A LA HORA DE EMITIR UN JUICIO DE VALOR SOBRE LA MEDIDA?
Si bien la cuestión ideológica juega un papel preponderante, la cuestión partidaria debe ser dejada de lado. El elemento de mayor valor debe ser la "razonabilidad" del proyecto. En esta medida, se buscar cargar con la responsabilidad de llenar las arcas del Estado a los capitales concentrados, de allí que se tienen en cuenta nuevos gravámenes a la especulación financiera (plazos fijos, Lebac, juego, dolar futuro) y a sectores privilegiados (mineras, jueces). 
Si bien esta medida se contrapone con los objetivos del Ejecutivo Nacional, es momento de pensar si son los trabajadores o los capitales concentrados los que deben soportar el déficit fiscal del Estado.

¿USTED QUÉ PIENSA? 


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