Ir al contenido principal

INMIGRANTES: ¿LA RAZÓN DE NUESTROS PROBLEMAS? (Por Ezequiel Espina)

El tema referido a la inmigración en Argentina da que hablar y mucho. Y es que en este país de gran tradición como polo migratorio, encuentra hoy en su agenda política como tema prioritario la limitación al ingreso de los ciudadanos extranjeros. En algún momento se inició como recelo frente al Derecho a la educación por el acceso a los establecimientos universitarios públicos, luego por la utilización del servicio de salud, y hoy se encuentra en boga que la restricción al ingreso de extranjeros permitirá un mejor control del delito, y más precisamente del narcotráfico. 
Desde el Gobierno Nacional se pretende modificar la ley de Migraciones y endurecer los controles en los accesos al país de los extranjeros con antecedentes penales, teniendo a la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich como principal referente; aunque también existen proyectos de la oposición como el pretendido por el Senador Miguel Pichetto del Frente para la Victoria. Durante una entrevista practicada por Marcelo Leuco, la actual Ministra de Seguridad palnteó que:


"Aquel que cometió un delito en su país, no entra en la Argentina; aquel que comete un delito estando en la Argentina será expulsado de manera rápida (en un plazo de tres meses); y aquel que ya cometió un delito hay que esperar a la mitad de la condena, pero inmediatamente se le va a sacar su residencia"
En ambos casos el objetivo es claro: restringir el ingreso y permanencia de inmigrantes fundado en el discurso de la acción Penal.

¿CUALES SERÍAN LAS MEDIDAS A IMPLEMENTAR POR EL GOBIERNO?
– Agilizar los convenios de información con Estados Unidos, Colombia y los países limítrofes. Además, con las empresas aéreas de transporte de pasajeros a través de los sistemas API (Información Anticipada sobre Pasajeros) y RNP (Registro de Nombres de Pasajeros).
– Reforzar el trabajo con la PROCUNAR, la fiscalía antidroga, para establecer un sistema de prohibición de reingresos para personas con antecedentes importantes.
– Intensificar el trabajo en el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). Capacitar al personal y controlar los pasos fronterizos (ver recuadro).
– Hacer cumplir el artículo 29 de la ley 25.871.
– La conexión a INTERPOL internacional de las bases de datos. 

En síntesis, no hay mas que una reafirmación de aplicación de la actual Ley que regula la inmigración, Ley 25.871, cuestión que en términos jurídicos y desde una óptica integral no contienen a mi entender objeciones sustanciales en la materia (hasta tanto conozca el texto de reforma a presentar por el oficialismo). Pero lo que deseo resaltar de la presente cuestión es la exaltación de un discurso demagogico utilizado por los principales referentes políticos, tanto de la gestión de gobierno actual como de la oposición, enfatizando, a veces de forma sublime otras burdas, que son los inmigrantes responsables de muchas de las controversias sociales suscitadas actualmente, y una de las centrales: LA INSEGURIDAD.
Este tipo de discursos encontró su máxima y peor expresión durante el gobierno Nazi, y lejos de pensar que la humanidad aprende de las experiencias, encontramos formas de discriminación racial actualmente en las políticas del Presidente Donald Trump. Sin ánimos de intentar pecar de exagerado, notemos que la expresión tanto de lideres políticos como de medios masivos de comunicación no se enfocan sobre "el inmigrante ilegal" sino sobre el "inmigrante" en general, que por otro lado el primero de ello no implica un delito sino una falta administrativa.
Para finalizar la idea del presente escrito, quiero manifestar que el discurso demagogico del Derecho Penal como mecanismo de solución de controversias sociales encuentra su nefasta consecuencia en el accionar presente y suscita más expresiones de xenofobia que soluciones de fondo. Pensemos sino en los profundos sentimientos de dolor que despertó la imagen del niño Sirio hallado muerto en costas Europeas contra los sentimientos de repudio social contra la comunidad de Paraguay o Perú acusadas de accionar criminal en nuestro país.
¿POR QUÉ TAL DISTINGO? Porque el discurso demagogico penal es una herramienta peligrosa de discriminación social, y creo que actualmente la Ley de Migraciones y el tema de inmigrantes a nivel global sigue ese nefasto camino...

¿USTED QUÉ PIENSA?

Comentarios

Entradas populares de este blog

DELITO DE PORTACIÓN DE ROSTRO (Por Ezequiel Espina)

" Portación de rostro " o también conocido como " detención por averiguación de antecedentes " son las formas en que conocemos una vieja y conocida costumbre de los agentes policiales en la vía pública. Realicemos entonces un repaso sobre los aspectos jurídicos que engloban esta delicada y controvertida cuestión.  ¿ALGUNA NORMA PERMITE LA AVERIGUACIÓN DE IDENTIDAD EN LA VÍA PÚBLICA? La respuesta es un rotundo NO . Nadie está obligado a revelar su documentación frente al pedido de un agente policial sin fundamento. Permitir este accionar significaría legitimar un obrar autoritario y arbitrario del Estado sobre los derechos de libre circulación de los individuos y un atropello sobre su intimidad.  La realidad es que sin mediar   orden judicial, requerimiento de paradero o de búsqueda por algún delito que se esté investigando no existen fundamentos válidos para demorar a un ciudadano.  ¿POR QUÉ SE LEGITIMÓ ESTA PRÁCTICA INCONSTITUCIONAL? La realidad demu

Democracia y delegación de Poder (Por Ezequiel Espina)

Si bien se desprende de su misma definición, cuando hablamos de DEMOCRACIA ,  hacemos alusión al "gobierno del pueblo", pero agotar allí el análisis de la etimología obviando la esfera que podríamos llamar "ontológica" sería un error a mi criterio. Un sin fin de discusiones sobre el modo de ejercer dicho poder, pero quisiera ahora contraponer dos: Democracia Delegativa vs Democracia Representativa. A continuación esbozare un breve pero no menos abarcativo análisis sobre la primera de ellas. El Articulo 22 de nuestra Constitución Nacional comienza diciendo: “El pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta constitución (…)” [1] . Con esto,  la Carta Magna establece la representatividad como uno de los caracteres de la forma de gobierno (ya expuesto también en el artículo primero), lo cual produce el fenómeno que en boca de Bernand Manin sería:  “Los gobernantes no son solamente individuos distintos que ocu

Pedagogía: las dos caras de un mismo sistema (Por Ezequiel Espina)

Cuando pensamos en el orden educativo institucional sabemos que hay algo claro e indiscutible, su obligatoriedad. Este carácter ha producido una "naturalidad” o paso obligado de todo sujeto para su posterior inclusión en la sociedad. Ahora, cabe preguntarnos si el sistema educativo nos prepara para desenvolvernos en el estado de cosas actual o prepara sujetos para “un mejor porvenir” . Vamos a distinguir entonces dos teorías, por un lado el optimismo pedagógico , y por otro lado el pesimismo pedagógico . Quienes adhieren a la primera profesan que la educación, y por ende las instituciones educativas, son una herramienta de cambio social. Desde esta perspectiva, las condiciones objetivas externas del sujeto, no representan un impedimento para el ascenso social del mismo y una modificación de su condición, lo cual llevado a un nivel macro, representa un cambio significativo en el entramado social y se afirma como herramienta de transformación. Esta concepción arraigada desde la